El Congresista Víctor Crisologo, sustentó el día de hoy ante la Comisión de Producción, MYPES y Cooperativas del Congreso de la República el Proyecto de Ley N° 3270/2013-CR "Ley que establece como Zona Marina de Reserva para el Consumo
Humano de los Recursos Hidrobiológicos Marinos", con la finalidad de velar por la
sostenibilidad de los recursos hidrobiológicos y la seguridad alimentaria de
las generaciones presentes y futuras, a partir de la línea de costa hasta las
diez (10) millas marinas.
Antecedentes
Los
artículos 66, 67 y 68 de la Constitución Política del Perú, establece que
los recursos naturales, renovables y no renovables, son patrimonio de la Nación
y el Estado es soberano en su aprovechamiento, promueve el uso sostenible de
sus recursos naturales y está obligado a promover la conservación de la
diversidad biológica y de las áreas naturales protegidas.
El artículo 2 del Decreto Ley 25977 –Ley General de Pesca, vigente, señala
que “Son patrimonio de la
Nación los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales
del Perú. En consecuencia, corresponde al Estado regular el manejo integral y
la explotación racional de dichos recursos, considerando que la actividad
pesquera es de interés nacional.
Decreto
Supremo N° 005-2012-PRODUCE Modifican Reglamento de Ordenamiento Pesquero
del Recurso Anchoveta y Anchoveta Blanca, establecen zonas de reserva para
consumo humano directo y régimen excepcional.
Decreto
Supremo N° 001-2013-PRODUCE Establecen Régimen Especial para la extracción
del recurso anchoveta para consumo humano directo aplicable al sur del país.
Decreto Supremo N° 011-2013-PRODUCE Establece Zona de Reserva para el consumo humano
directo del recurso anchoveta y
anchoveta blanca aplicable desde el extremo norte del dominio marítimo hasta
las 16°00’00’’ Latitud Sur.
Fundamentos
La
Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO)
viene promoviendo el Código de Conducta para la Pesca Responsable entre los
distintos Estados del mundo. Considera pertinente proteger y rehabilitar todos
los hábitat críticos para la pesca en los ecosistemas marinos y de agua dulce,
principalmente las zonas de cría y desove.
Según
informe publicado por la FAO la producción mundial de pesca y acuicultura en el
mundo (2011) alcanzó a 154,0 millones de toneladas, en tanto, el destino de
esta producción se concentra sustancialmente en el consumo humano con 130,8
millones de toneladas (84,9%) y el restante 23,2 millones de
toneladas se destinan para usos no alimentarios (15,1% ).
Es
importante que el consumo per cápita de pescado comestible en el Perú
(19 kg) supere holgadamente el promedio mundial registrado en 18,8 kg (2011 - FAO) contribuyendo en la
lucha contra la desnutrición de los niños de hoy y mañana, más aun considerando
que tenemos un mar rico en recursos hidrobiológicos.
Es
imperativo que la actual política de pesca del Perú, se consolide y
priorice la producción sostenible pesquera destinado, preferentemente, para
el consumo humano que garantice la alimentación de las generaciones presentes y
futuras.
En ese sentido, la presente iniciativa pretende
sólo establecer una Zona Marina Reservada para el Consumo Humano de los
recursos hidrobiológicos, complementando y fortaleciendo lo dispuesto
por el Ministerio de Producción, mediante Decreto Supremo N°
011-2013-PRODUCE que estableció la Zona de Reserva para el consumo humano
directo del recurso anchoveta y anchoveta blanca aplicable desde el extremo
norte del dominio marítimo hasta los 16°00’00’’ latitud sur y el Decreto
Supremo N° 001-2013-PRODUCE Establecen Régimen Especial para la extracción
del recurso anchoveta para consumo humano directo aplicable al sur del país.
Beneficios de la propuesta
Los
beneficios que generará la presente iniciativa están relacionados a las
bondades de la explotación sostenible y sustentable de los recursos
hidrobiológicos en materia de conservación de las especies marinas,
explotación ordenada y planificada, la seguridad alimentaria de las
generaciones presentes y futuras y la mejora de los ingresos de los
pescadores artesanales y menor escala que redundará en la mejora de su sistema
de explotación de la diversidad de especies marinas establecidos desde la milla
cero de la línea costera hasta la diez del litoral.
Garantizar
una Zona Marina Reservada para el Consumo Humano permitirá al Perú crecer como
una potencia mundial pesquera, porque el ordenamiento y la regulación de estas
zonas nos permitirán garantizar su sostenibilidad y mejorar la eficiencia en la
explotación de los recursos hidrobiológicos.
Contribuirá
a reforzar la institucionalidad del sector pesquero, otorgándole una
herramienta legal que le permitirá poner orden, mejorando el control en la zona
de reserva marina (desde la línea de la costa hasta las diez millas marinas a
lo largo de los límite marítimo) necesaria para la gestión sostenible de la
explotación de los recursos hidrobiológicos.
Contribuirá
en el mejoramiento de los ingresos de los trabajadores pesqueros por cuanto
tendrán la oportunidad de planear su crecimiento y la especialización en la
explotación de especies marinas.
De igual manera, promoverá actividades de
investigación que permitirá un crecimiento y diversificación de la explotación
de otras especies marinas.