jueves, 11 de diciembre de 2014

Congreso aprueba ley que regula el uso de armas de fuego, municiones, explosivos y materiales relacionados

El Congreso de la República aprobó esta tarde la Ley regula el uso civil de armas de fuego, municiones, explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados. Esta regulación comprende la autorización, fiscalización, control de la fabricación, importación, exportación, comercialización, distribución, traslado, custodia, almacenamiento, posesión, uso, destino final, capacitación y entrenamiento en el uso de armas, municiones y explosivos, productos pirotécnicos y materiales relacionados; así como la reparación y ensamblaje de armas y municiones, todos ellos de uso civil.

La norma nace de la acumulación de iniciativas legislativas, entre ellas, presentada por el Congresista Víctor Crisologo, que pretendía crear, administrar y mantener actualizado un sistema de base de datos de las armas de fuego, municiones y otros artefactos e instrumentos conexos tanto de uso civil como militar (Proyecto de Ley N° 3617/2013-CR, Ley que crea la base de datos de armas de fuego, municiones y demás materiales conexos).

Uno de los beneficios de la norma aprobada es la implementación de un sistema de base de datos que permita registrar el historial de un arma de fuego, municiones y otros artefactos conexos, permitirá un proceso de fiscalización y control más eficiente y eficaz para los órganos jurisdiccionales del Ministerio Público y Judicial, contribuyendo a mejorar la precaria situación de la seguridad ciudadana que hoy vive la población del país.

Es necesario recordar que actualmente no existe un sistema de base de datos que permita hacer un historial de las armas de fuego, municiones y otros bienes conexos de uso particular (personas naturales o jurídicas), de uso policial, tampoco de uso militar. Esa carencia de una base de datos genera una aparente impunidad y discrecionalidad en el uso de ésta armas letales. En ese sentido, es pertinente que se institucionalice el historial de un arma de fuego, municiones y demás bienes conexos de esa naturaleza que permita facilitar la identificación y ubicación de los responsables de un mal uso del mismo.

La iniciativa, además permitirá con otros datos como identificar el proceso de transferencia, los países a los que se realizó la exportación, el tránsito y la importación, el receptor final y la descripción y cantidad de las armas o municiones transferidas. También permitirá la identificación por número de serie de las armas transferidas, y posibilitar a investigadores y órganos policiales identificar claramente a los agentes que participaron en la transferencia (comerciantes, intermediarios, etc.).

LA INICIATIVA LEGISLATIVA Y EL ACUERDO NACIONAL

La iniciativa legislativa es concordante con el compromiso asumido por el Estado en materia de erradicación de la violencia y fortalecimiento del civismo y de la seguridad ciudadana, establecida en la Décima Novena Política de Estado promovida por el Acuerdo Nacional, buscando tener una herramienta de fiscalización y control en la gestión de armas de fuego de uso civil que contribuya a consolidas políticas orientadas a prevenir y disuadir en materia de seguridad ciudadana, facilitando el acceso a información de importancia  para los órganos decisores, propendiendo a una gestión eficiente y eficaz en la gestión pública en materia de la seguridad interna del país.

De igual manera es compatible con la Vigésima Cuarta Política de Estado del Acuerdo Nacional, en materia de afirmación de un Estado eficiente y transparente, al buscar promover la transparencia en el proceso de cumplimiento de las funciones de parte de los órganos del Estado involucrados en la gestión de armas de fuego, municiones y conexos. En ese sentido, la iniciativa contribuye en la construcción de un Estado eficiente, eficaz, moderno y transparente al servicio de las personas y de sus derechos.